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La protección de datos, arma de chantaje de los trabajadores
Derecho esencial a instrumento de
chantaje. Este es el alarmante recorrido que ha emprendido la protección de
datos en España, conforme denuncian los abogados de empresa. Los trabajadores,
respaldados por sus representantes legales (abogados y sindicatos), están
instrumentalizando la Ley Orgánica de Protección de Datos para lograr sus
objetivos en las negociaciones empresariales. Una demanda unánime que La
Revista ha constatado tras charlar con abundantes especialistas en protección
de datos y Derecho Laboral.
“A un cliente del servicio del campo de la
educación un sindicato le denunció en la Agencia de Protección de Datos por el
hecho de que no logró declarar improcedente el despido de una trabajadora. Ya
antes conminaban con ponerte una demanda en la inspección de Trabajo o bien de
Hacienda, ahora la moda es asistir a la Agencia”, asevera quejoso A. P., asociado directivo de P & A. “Me parece vergonzoso que
se use esta práctica torticera”.
La mayor parte prefieren denunciarlo de forma
anónima. “Nos pasamos el día negociando con los sindicatos, y no deseamos que
tomen represalias y compliquen todavía más las negociaciones”, reconoce un especialista en protección de datos. Este letrado lamenta que la ley,
que nació para resguardar un derecho esencial, “se haya transformado en una
herramienta prácticamente de extorsión”.
J. A., directivo de área
laboral de un despacho, comenta que “en ciertas ocasiones los trabajadores que ven
en riesgo su puesto acostumbran a conminar con denunciar a la compañía frente a
la inspección a consecuencia de presuntas irregularidades cometidas por ésta”. A. E, asociado directivo de otro despacho, va más allá: “En la Agencia
de Protección de Datos existen muchas demandas falsas, que no procuran
resguardar los derechos de los trabajadores sino más bien coaccionar a los
empresarios para lograr unos objetivos determinados”.
Pese a que los abogados apuntan que
no es un procedimiento frecuente, todos comprueban que desde, que entró en
vigor el pasado abril, el Reglamento de Protección de Datos, esta práctica se
ha multiplicado. Además de esto. Agregan que la circunstancia económica lo ha
alentado. “Se da cada vez más”, mantiene un letrado laboralista de un despacho
madrileño. Ana , asociada de otro despacho y especialista en protección de
datos, asevera categórica que “ahora se da continuamente”.
Tanto Unión General de Trabajadores
como Comisiones Obreras, niegan tajantemente este extremo. Los dos afirman
ignorar esta problemática. “No conozco ni un caso de este tipo”, si bien reconoce, “que
eso no desea decir que no se dé”. Unión General de Trabajadores insiste en lo
mismo: “Ignoramos que esta práctica ilícita se esté produciendo”. La Agencia de
Protección de Datos, por su lado, ha declinado hacer declaraciones.
Las pequeñas y medianas empresas, las más perjudicadas
Los letrado de empresas consultados
coinciden en apuntar que este particular modelo de coacción se da sobre todo en
las pequeñas y medianas empresas. 2 pesos pesados del planeta laboral de esta
forma lo comprueban. I. S., asociado directivo , confirman que este
procedimiento no se emplea en las negociaciones con las medianas y grandes
empresas, que son a las que aconsejan.
Se debe a una razón muy sencilla: se emplea con las pequeñas, donde solo el doce por ciento cumple
con la ley, conforme la Agencia . “Es más simple coaccionar una compañía que
sabes con toda probabilidad que no respeta la ley”. Diferentes
fuentes apuntan que los campos más perjudicados son la banca, los seguros y la
construcción.
Pone el ejemplo de un caso
que últimamente ha tratado en su despacho: “El usuario de una empresa de
seguros a la que aconsejamos deseaba que le cubrieran algo que no estaba en el
contrato. La empresa aseguradora se ha negado y el cliente del servicio como
represalia la ha denunciado en la Agencia de Protección de Datos”. En
consecuencia, concluye el letrado, “la única solución para eludir estos casos
es cumplir la ley”.
“Hipocresía sindical”
“Se aprovechan de la ley, en cambio
son los primeros en incumplirla”. A. M. demanda de esta forma la hipocresía
sindical que padecen los empresarios.
“Son la primordial traba para el
cumplimiento de la protección de datos”, sigue. Esta letrada reprocha a los
representantes sindicales que se nieguen a cumplir con las medidas de
seguridad.
“¿Quién no ha visto alguna vez
colgado en el tablón de anuncios de su empresa los datos personales de los
trabajadores, sin que estos hayan dado su expreso consentimiento?”, Si este
hecho “tan corriente” se denunciara en la Agencia de Protección de Datos, sería
calificado como una infracción muy grave. O sea, la compañía podría ser
sancionada con multas que irían de los trescientos euros a los seiscientos
euros.
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